El subsidio que genera la ciudad de Buenos Aires es de 5000 pesos y rige para todos aquellos que cumplan con la reglamentación necesaria al momento de solicitarlo, en vista de los aumentos del costo de la vida y de la gravedad del desastre, el jefe de gobierno decidió junto a asesores elevar la suma a 8000 pesos.
Para poder acceder a este beneficio que otorga el gobierno de la ciudad los que hayan sufrido daños como consecuencia de las inundaciones deberán tramitar el subsidio en los Centros de Gestión y Participación Ciudadana (CGPC) y en la administración central de la comuna.
Los centros están habilitados desde el día 17 de febrero y usted debe indicar que desea solicitar el subsidio al “Fondo de Emergencia para Subsidios por Inundaciones”. El jefe de Gobierno porteño, Mauricio Macri, dictó hace unos días el decreto de necesidad y urgencia para ampliar los subsidios destinados a los damnificados por los dos fuertes temporales.
Macri dijo que “sabemos que para el vecino al que le agarró dos veces la inundación no hay palabra que alcance, pero esperemos que esta ayuda sirva para mitigar los daños”.
Para aquellos que fueron golpeados por el agua y necesitan la solicitud de indemnización el plazo que antes regía hasta 7 días se extenderá a 20 días para que los perjudicados puedan presentar reclamos ante los Centros de Gestión y Participación Comunal, también cabe destacar que se han disminuido la cantidad de requisitos y verificaciones” para acceder al subsidio con el fin de acelerar los trámites.
Macri declaró: “Fuimos nosotros los que pusimos en marcha más del 80 por ciento de las obras, muchas de las cuales ya están terminadas, como las de Necochea, en La Boca, o del arroyo Vega en el barrio River, zonas que esta vez no se inundaron, y en otros 35 puntos de la Ciudad”, y prometió que para mediados del año que viene va a estar terminada una parte de los canales aliviadores del Maldonado, que es la obra de ingeniería hidráulica más importante de la Ciudad en los últimos 100 años.
Volviendo a el eje fundamental de esta nota, los subsidios le aclaramos que son solo para aquellas personas afectadas por los fenómenos meteorológicos extraordinarios, que sufran en forma indistinta daños en: bien inmueble, bien registrable y bienes muebles.
Debe dirigirse al centro de Gestión más cercano a su domicilio o en su defecto acercarse Av. Regimiento de los Patricios 1.142 PB, en el horario de 9 a 18 hs, allí debe completar el formulario “Solicitud de Subsidio ley 1575”, dentro de los 7 días de ocurrido el hecho. Si el vencimiento fuera en día inhábil, se recibirán las solicitudes hasta el primer día hábil siguiente. Puntos a tener en cuenta, el trámite debe estar firmado por el titular y l puede presentarlo en mesa de entradas cualquier persona, aquellas personas que realicen el pedido deben encontrarse, a esa fecha, al día con sus obligaciones fiscales con respecto a los bienes que se declaran como afectados. Por ello deben presentar el certificado de libre deuda, ya se trate de ABL o de patentes, para inmuebles o vehículos, respectivamente, si están al día con los impuestos, no será necesario que concurran a Rentas para solicitar las certificaciones de libre deuda que requiere la legislación.
Para inmuebles los requisitos son: Original y fotocopia DNI del titular solicitante, título de la propiedad y fotocopia, contrato de alquiler en caso de alquilar, habilitación en los casos que se necesite y certificado de libre deuda si se le requiere; para automotores etc: Original y fotocopia DNI del titular solicitante, título del bien afectado y fotocopia, libre deuda, Acreditar el motivo por el cual dicho bien se encontraba en la zona de la inundación.